Es el equivalente a las primas de los seguros. En los Planes de Aportación Definida que son los que se ponen a disposición del público en el Sistema Individual existen dos clases de aportaciones:
Aportaciones periódicas: Son aquellas que se pagan de forma mensual, trimestral, semestral o anual. Pueden ser todos los años de la misma cuantía o tener algún tipo de incremento cada año, a elección del partícipe.
Aportaciones extraordinarias: Son aquellas que el partícipe puede realizar en el momento en que lo desee.
A partir del 1 de enero de 2003 se reduce de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la totalidad de las aportaciones realizadas por el partícipe, con los límites siguientes:
8.000,00 € hasta 52 años 9.250,00 € para 53 años 10.500,00 € para 54 años 11.750,00 € para 55 años 13.000,00 € para 56 años 14.250,00 € para 57 años 15.500,00 € para 58 años 16.750,00 € para 59 años 18.000,00 € para 60 años 19.250,00 € para 61 años 20.500,00 € para 62 años 21.750,00 € para 63 años 23.000,00 € para 64 años 24.250,00 € para 65 o más años
Este límite no incluye las contribuciones empresariales realizadas por los promotores de planes de pensiones de empleo o mutualidades de previsión social empresarial a favor de los partícipes o mutualistas e imputadas a los mismos.
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