Para EMPRESAS que contraten seguros de enfermedad a favor de sus trabajadores.
SOCIALES: cotización a la Seguridad Social.
FISCALES: es gasto deducible para la empresa y no es salario en especie para el trabajador.
Para empresarios AUTÓNOMOS y PROFESIONALES LIBERALES que tributen por actividades económicas en el IRPF por estimación directa, únicamente tienen ventaja FISCAL: es gasto deducible de su actividad económica hasta 500€ por persona para aquellos seguros que den cobertura a éste, a su cónyuge o a sus descendientes.
Susavila Correduría de Seguros, S.L. - CIF: B-15274822. Autorizada por la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS con el Registro núm. J-0056 (verificable en Dirección General de Seguros) y concertado seguro de Resp. Civil y capacidad financiera conforme a la ley.