Aviso legal
Para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, a continuación, se indican los datos de información general de este sitio:
- Identidad: SUSAVILA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.
- CIF: B15274822
- Dirección: Avda. de Compostela, 39 bajo, 15900 – Padrón (A Coruña)
- Teléfono: 981817140
- Email: susavila@susavila.com
- Delegado de Protección de datos:
- Nombre: Cecilia Barros Díaz
- Contacto: dpd@susavila.com
- Registro Mercantil de A Coruña: Registro de Entrada 1/2003/6364, Diario 76, Asiento 5650. Inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 804, Folio 73, Hoja registral C-880.
Información previa
- La actividad profesional de los corredores/corredurías de seguros está regulada en el Real Decreto – Ley 03/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de los seguros privados, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.
- Para su conocimiento, y a los efectos legalmente prevenidos, le informamos que éste/a corredor/correduría de seguros:
- Cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley, estando inscrito/a en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros con el número de clave J0056, que puede Vd comprobar en la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dgsfp.mineco.es
- Tiene suscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional y dispone de capacidad financiera legalmente establecida, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artº 157.1, apartados f) y g).
- Cuenta con un departamento de atención al cliente externalizado, encargado de atender y resolver sus quejas y reclamaciones, a través de E2K GLOBAL BUSINESS SOLUTIONS, S.A. cuyos datos son los siguientes: E2K SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE, C/ Marzo, 23 02002-ALBACETE, email atencionalcliente@e2kglobal.com, telf. 967 663 901.
- Tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- La remuneración percibida por su actividad de correduría revestirá únicamente la forma de comisiones.
- Los corredores/corredurías de seguros, actuando en nombre de sus clientes, son los únicos profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que las ofertas que sometemos a su consideración han sido basadas en un análisis objetivo y personalizado, consistente en analizar un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación personalizada, considerando que corresponde a su petición dentro de una valoración de méritos para buscar una correcta cobertura a sus requerimientos y necesidades.
- El corredor/correduría informa igualmente al cliente del contenido del artº 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio interesado (tomador).
Política de transparencia
En nuestra calidad de corredores de seguros, en SUSAVILA CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. nos servimos de sitios web y utilizamos otras técnicas de comunicación a distancia para ofertar o comparar productos de seguro.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 134 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales este documento recoge nuestra política interna en esta materia.
1.Criterios utilizados para la selección y comparación de los productos de las entidades aseguradoras.
La experiencia demuestra que es posible mantener unas relaciones fluidas con las entidades aseguradoras. Será primordial mantenerlas con las Compañías de mayor solvencia, en busca de los mejores productos aseguradores y de la gestión más ágil y eficaz. Una vez realizado el estudio de los distintos productos y entidades, hemos negociado con aquellas entidades aseguradoras que pudieran encajar mejor en las necesidades de nuestros clientes. Se trata de obtener para el cliente la mejor relación calidad/ precio, sin olvidar una remuneración ajustada y acorde con el esfuerzo comercial realizado y con el servicio a prestar.
Esta sociedad de correduría de seguros ha formalizado relaciones mercantiles –carta de condiciones– con aquélla compañías que reúnan los requisitos necesarios, conforme a los criterios de selección recogidos en el apartado siguiente.
Los criterios que han sido tomados en consideración a la hora de elegir a las Compañías Aseguradoras con las que establecer relaciones mercantiles, al objeto de proceder a la colocación de los riegos se basarán en las siguientes premisas:
- Estudio de la situación económica mediante el examen del Balance de situación y la cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- Estudio del condicionado de las pólizas correspondientes a los Ramos de seguro que sean de interés para la sociedad, contemplando las coberturas, exclusiones, franquicias, tarifas y restantes condiciones, tanto mercantiles (generales, especiales y particulares), como técnicas y económicas, para descubrir las más interesantes para los clientes en orden a conseguir la mejor garantía posible con los precios o tarifas más asequibles o proporcionadas.
- Información, a través de revistas del sector, asociaciones profesionales, colegios profesionales, organismos públicos, etc., lo más exhaustiva posible sobre su actuación en el mercado de seguro, examinando, de forma especial, la atención al cliente en el tratamiento de siniestros, celeridad en los trámites, peritación, resolución, etc., hasta su liquidación definitiva.
2.Las entidades aseguradoras sobre las que se ofrecen productos en su web y la relación contractual con el distribuidor.
Realizado un estudio exhaustivo en la selección de las entidades aseguradoras a través de las cuales promocionamos aquellos productos que mejor encajen con las necesidades de nuestros clientes a través de los criterios anteriormente señalados, tenemos suscrito carta de condiciones con:
ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (C0109):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
ARAG SE SUCURSAL EN ESPAÑA (E0210):
• Asistencia en viaje al vehículo y a los ocupantes del mismo.
ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (C0461):
• Asistencia Sanitaria (dental) Las prestaciones en este ramo pueden ser: a tanto alzado, de indemnización y mixta de ambos).
• Responsabilidad Civil (incluyendo responsabilidad civil para mascotas)
• Enfermedad (salud) las prestaciones en este ramo pueden ser a tanto alzado, de reparación, bien mediante el reembolso de los gastos ocasionados, bien mediante la garantía de la prestación del servicio.
• Seguro de vida.
AXA SEGUROS GENERALES, S. A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (C0723):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
EUROINS INSURANCE JSC (L0639):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
FAMILIAR DE SEGUROS ACTIVE, SOCIEDAD ANÓNIMA (C0007):
• Seguro de decesos.
GENERALI ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS (C0072):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (C0467):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (C0058):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
PLUS ULTRA SEGUROS GENERALES Y VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (C0517):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
REALE SEGUROS GENERALES, S.A. (C0613):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
SEGUROS CATALANA OCCIDENTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS (C0468):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
ZURICH INSURANCE PLC SUC.ESPAÑA (E0189):
• Seguro de automóviles (Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, seguro de responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños y defensa jurídica, tanto para particulares como para flotas).
3.Si la relación con las entidades aseguradoras es o no remunerada y la naturaleza de la remuneración.
La remuneración que percibe esta correduría por su actividad podrá revestir la forma de comisiones, o la forma de honorarios profesionales o una conjunción de ambos. El cliente será informado expresamente el cliente conforme a lo dispuesto en la normativa específica de distribución de seguros de la naturaleza de la remuneración.
4.Si el precio del seguro que figura al final de proceso está o no garantizado.
La presente correduría de seguros cuenta con un importante ERP que emplea un amplio conjunto de procesos de conectividad con las principales aseguradoras del mercado. A través de la herramienta también integra el 100% del proceso de multitarificación permitiendo obtener de forma rápida y sencilla una comparativa comercial de opciones de contratación con distintas aseguradoras, obteniendo, según entidad aseguradora de la que se trate, precio garantizado o no.
5.La frecuencia con la que la información de los distribuidores es actualizada.
Anualmente la presenta correduría de seguros analiza y realiza un estudio de mercado aplicando de nuevo los criterios de selección y la propia evolución natural de las necesidades y exigencias de los clientes.
6.Advertencia de caracter general.
La información recogida en estas políticas de transparencia no constituye una recomendación contractual, quedando diferida la perfección de la relación aseguradora a la suscripción de la póliza con la compañía aseguradora y al pago de la prima que el cliente quiera contratar.
Se advierte de que, si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. (Artículo 8 Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro).
7.Titularidad y condición del uso de la web
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