El Asegurador garantiza a cada uno de los asegurados incluidos en la póliza, la prestación del servicio fúnebre convenido al ocurrir el fallecimiento de cada uno de ellos, sea cual sea la causa del óbito y el lugar de ocurrencia.
Si la prestación del servicio no fuera posible por causa de fuerza mayor u otras n imputables al Asegurador, ésta pagará hasta el límite del Capital indicado en las Condiciones Particulares.
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