Es un sistema de ahorro con grandes ventajas fiscales diseñado especialmente para la jubilación. Tiene por objeto proporcionar a los partícipes un capital, una renta o una combinación de ambas. Ese capital se constituye mediante aportaciones realizadas a lo largo de su vida activa. Las aportaciones se recogen obligatoriamente en un Fondo de Pensiones que custodia una Entidad Depositaria y gestiona una Entidad Gestora. Existen tres modalidades distintas de planes de pensiones:
Sistema de empleo: son aquellos promovidos por una entidad o empresa, y cuyos partícipes son sus empleados.
Sistema asociado: son los promovidos por cualquier asociación, sindicato o colectivo, y cuyos partícipes son sus afiliados o miembros.
Sistema individual: son los promovidos por una entidad financiera, y sus partícipes son cualquier persona física.
La regulación legal es común a todos los sistemas. No obstante esta guía va referida a los Planes del Sistema Individual, por ser los que están a disposición de cualquier persona que quiera contratarlos. Asimismo, los planes de pensiones según las obligaciones que se adquieren pueden clasificarse en:
Planes de Prestación Definida: en esta clase de planes se establece como objeto de los mismos la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios.
Planes de Aportación Definida: en esta clase de planes se establece como objeto de los mismos la cuantía de las prestaciones a realizar por los partícipes.
Planes Mixtos: en esta clase de planes se establece como objeto de los mismos simultáneamente la cuantía de las aportaciones y la de las prestaciones. EN LOS PLANES DEL SISTEMA INDIVIDUAL SÓLO ES POSIBLE LA MODALIDAD DE APORTACIÓN DEFINIDA
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