Los capitales asegurados son las cantidades que indemniza el Asegurador, en algunos casos en función de la valoración de los daños y en otros según los capitales que Vd. haya contratado. Estas cantidades dependen de las garantías contratadas:
En la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria se establecen por Ley las cantidades a indemnizar.
En la Responsabilidad Civil de Suscripción Voluntaria, los capitales garantizados suelen ser ilimitados.
En la garantía de Accidentes del conductor, es Vd. quien contrata los capitales que quiere que le indemnicen en caso de fallecimiento o invalidez y por los gastos de la asistencia sanitaria.
En las garantías de Incendio, Robo o Daños Propios del vehículo, la indemnización depende de la antigüedad que tenga el vehículo.
La garantía de Asistencia en Viaje incluye muchas coberturas, algunas de las cuales se limitan a prestar el servicio y otras fijan una cantidad que le pagarán para cubrir los gastos que Vd. tenga que afrontar.
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